(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

Estas son las tres formas de conseguir el borrador de la Renta 2022/2023 en la web de Hacienda

La Campaña de la Renta 2022/2023 comenzará en apenas unos días. El próximo martes 11 de abril se abrirá la presentación de declaraciones y desde ese día los contribuyentes podrán acceder al borrador desde cualquiera de los tres métodos permitidos por la Agencia Tributaria. Son los siguientes:

1) Borrador de la Renta con certificado digital o DNI electrónico.

El certificado digital es un método de acceso a numerosos trámites, ya que no solo sirve para la Campaña de la Renta: también es válido para el resto de servicios de Hacienda y todos los servicios de la Seguridad Social y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

De todos los que se emiten, el más reconocido es el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que se puede conseguir en cuatro sencillos pasos: primero se solicita por internet, después hay que acreditar la identidad en una oficina de verificación y posteriormente hay que descargar el certificado y conseguir una copia de seguridad del mismo. El proceso puede durar varios días (depende de la saturación en las citas para las oficinas de verificación), por lo que es conveniente pedirlo con tiempo.

Por su parte, el DNI electrónico se puede conseguir en las comisarías y permite acreditar la identidad del ciudadano física y digitalmente así como hacer todo tipo de trámites. En él se pueden incorporar diferentes certificados que tienen una vigencia de 30 meses.

Para usar cualquiera de los dos, el ciudadano deberá elegir la opción ‘Acceder con certificado digital o DNI electrónico’ en la pantalla de Hacienda de acceso al borrador de la Renta, lo que aparece justo debajo del recuadro en el que se solicitan los datos del DNI, que corresponden al acceso con Cl@ve o número de referencia.

2) Borrador de la Renta con Cl@ve.

Según explica la propia Agencia Tributaria, se trata de un sistema de «identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal, que permitirá al ciudadano relacionarse electrónicamente con los servicios públicos a través de una plataforma común mediante la utilización de claves concertadas previo registro como usuario de la misma».

Se puede conseguir de hasta cuatro formas diferentes: de forma online con certificado digital o sin certificado digital, por videollamada o de forma presencial en una oficina de Registro Cl@ve. Podrá hacerlo siguiendo los pasos recogidos en esta guía detallada.

Es posible registrarse para tener Cl@ve PIN (que contempla el envío de claves de un solo uso) o Cl@ve permanente. Cualquiera de las dos sirve para trámites en Hacienda, el SEPE y en la Seguridad Social.

En la pantalla de acceso al borrador, en este caso, habrá que introducir el DNI y después seleccionar la opción ‘Acceder identificándose con Cl@ve’ y el sistema le proporcionará la posibilidad de acceder o bien con la Cl@ve permanente o solicitando el envío de una Cl@ve PIN de un solo uso.

3) Borrador de la Renta con el número de referencia.

El número de referencia se consigue con el dato contenido en la casilla 505 de la declaración de la Renta del ejercicio anterior, que hace referencia a la ‘Base liquidable general sometida a gravamen’.

Para acceder a ese número de referencia el ciudadano puede ir directamente a la pantalla de acceso al borrador e introducir su DNI y la fecha de validez (o la de expedición si es permanente). Después debe elegir la opción ‘Acceder identificándose con Referencia’ y, si no tiene aún, hacer clic en ‘No tengo referencia’.

En ese momento el sistema le pedirá el dato de la casilla 505 de la declaración del año anterior. Si en ese ejercicio el contribuyente no hubiese realizado la declaración o el resultado de la misma fuese cero, tendrá que introducir los últimos cinco número de su código IBAN registrado en la base de datos de Hacienda.

A continuación se le proporcionará el número de referencia, con el que podrá acceder al borrador de la Renta. Es un código formado por números y letras que se puede solicitar hasta diez veces cada día (cada código nuevo invalida el anterior).

Artículos recientes

Efectos jurídicos de las mentiras realizadas por políticos.
octubre 27, 2025
Investigación prospectiva y derecho al secreto de las comunicaciones.
octubre 27, 2025
Accidente laboral. Responsabilidad «in vigilando» de la empresa y del ayuntamiento.
octubre 27, 2025
¿De quién son los restos mortales de una persona? ¿Se heredan las cenizas del difunto?
octubre 27, 2025
Suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria por causa de prejudicialidad penal e interpretación del artículo 34 de la Ley Hipotecaria por el Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 28-02-2018.
octubre 27, 2025
Incumplimientos de la Ley de Servicios Digitales (DSA) por parte de TikTok y las redes de Meta, Instagram y Facebook.
octubre 24, 2025
Caso Sidenor. Posibles delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o genocidio.
octubre 24, 2025
Avalistas en los préstamos ICO.
octubre 23, 2025
Nueva sentencia condena a Banco por phishing bancario.
octubre 23, 2025
El juzgado especializado de Murcia anula la cláusula de interés variable IRPH en dos hipotecas.
octubre 23, 2025
El TEDH condena a España por mala praxis en una denuncia por una doble violación.
octubre 23, 2025
El Tribunal Supremo falla a favor de los consumidores contra las prácticas abusivas de las aerolíneas low cost.
octubre 22, 2025
Acoso escolar. La importancia de denunciar y dónde hacerlo. Responsabilidad del acosador y del Centro Educativo.
octubre 21, 2025
Deber de intervención de la Fiscalía de Menores ante la difusión de imágenes de menores. Criminalidad Informática.
octubre 21, 2025
El acoso a centros que practican interrupción voluntaria del embarazo (I.V.E.) es delito.
octubre 20, 2025
Responsabilidad penal de los centros educativos en situaciones de acoso escolar.
octubre 17, 2025
Invertir en cultura rebaja tu factura fiscal si eres autónomo o empresa. Retorno fiscal directo del 20 %.
octubre 17, 2025
De la demanda para instar la nulidad del seguro de impago impuesto por NESTAR RESIDENCIAL a los arrendatarios.
octubre 17, 2025
El derecho de desistimiento en el contrato celebrado con la agencia inmobiliaria.
octubre 17, 2025
Cambio de criterio de la A.P. de Sevilla en relación al límite temporal para el planteamiento de oficio o a instancia de partes de cláusulas abusivas.
octubre 16, 2025
Ir al contenido