En nuestro país existen más de 9.100 creadores profesionales de contenido. Y entre ellos, cerca de 900 pueden considerarse macro influencers al tener más de 1 millón de fans. El número total en nuestro país aumentó un 15%, pasando a 154.000 en abril de 2022, según los últimos datos recogidos.
El año pasado se publicó en nuestro país la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que entró en vigor el 9 de julio de 2022, siendo una completa novedad legislativa.
Esta ley vino a definir la actividad de los influencers como aquellos que realizan una actividad económica al obtener ingresos por sus fotos y videos y son responsables editoriales de los contenidos que publican, señalando también el impacto que sus contenidos pueden tener entre el público, especialmente entre los jóvenes. Por primera vez en España pasó a regularse el concepto de “usuarios de especial relevancia” (“UER”), agrupados bajo el concepto de “vloggers”, “Influencers”, “streamers” o “prescriptores de opinión”.
La LGCA incluye principios generales aplicables a todo el ámbito audiovisual, como la veracidad de la información. En concreto, el Artículo 94, recoge las obligaciones de los UER que empleen servicios de intercambio de fotos y/o videos a través de estas plataformas. El texto normativo español lo justifica así en su Preámbulo: «La irrupción y consolidación de estos nuevos agentes requiere de un marco jurídico que refleje el progreso del mercado y que permita lograr un equilibrio entre el acceso a estos servicios, la protección del consumidor y la competencia».
Una de las novedades más relevantes que introdujo la nueva LGCA es la obligación de inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el cual ya existía, y que entrará en vigor para estos creadores con la aprobación del reglamento que se dicte para regularlo. Hasta ahora, en este Registro se adherían los medios de comunicación como las grandes cadenas de televisión. Ahora tendrán que registrarse también las plataformas como YouTube y TikTok, además de los agregadores de contenido. Es decir, los influencers tendrán la obligación de inscribirse en este registro con el fin de llevar un control más exhaustivo sobre estos usuarios.
La LGCA impone, además, una serie de principios generales a los que deben atender estas publicaciones como la Dignidad Humana (Art.4), el Pluralismo (art.5), la Igualdad de genero e imagen de las mujeres (Art.6), favorecer una imagen respetuosa de las Personas con discapacidad (Art.7) así como la promoción de los Códigos de conducta y prácticas éticas en la publicidad.
Habrá que estar atentos al cumplimiento por parte de los usuarios de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (LGCA).