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Sobre los patinetes eléctricos. Jurisprudencia del Tribunal Supremo.

¿Es necesario permiso de conducción para todos los patinetes eléctricos?

No. Solo para aquellos que, por sus características técnicas (potencia y velocidad máxima), se consideren ciclomotores o vehículos a motor conforme a la normativa vigente.

¿Cómo saber si mi patinete necesita permiso?

Si supera los 25 km/h de velocidad o los límites de potencia fijados en la legislación, deja de ser VMP y pasa a ser considerado ciclomotor.

¿Qué consecuencias legales tiene conducir un patinete modificado sin permiso?

La condena incluye multas económicas y, en caso de impago, privación de libertad. Además, la condena puede llevar aparejada la imposición de costas procesales.

Expuesto lo anterior, la Sentencia número 944/2025, dictada el 17 de noviembre de 2025 por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, resolviendo un recurso de casación contra la Sentencia 91/2023 de la Audiencia Provincial de Barcelona, que había confirmado a su vez la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 28 de la ciudad, consolida una línea jurisprudencial muy nítida sobre los patinetes eléctricos de alta potencia.

Cuando un vehículo ofrece prestaciones propias de un ciclomotor, la ley exige tener licencia para conducirlo. La Sala se apoya en su propia doctrina —recogida en la Sentencia de Pleno 120/2022— y en el Reglamento (UE) 168/2013. Según esta normativa, los vehículos de movilidad personal solo pueden tener por diseño una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h, mientras que los ciclomotores están autorizados a llegar hasta los 45 km/h.

La sentencia, que rechaza el recurso del implicado y ratifica una multa de 2.160 euros por conducir sin permiso, fija una pauta clara: cuando un patinete supera los límites técnicos establecidos —potencia y velocidad—, deja de ser un simple VMP. Y esa distinción, subraya el alto tribunal, tiene consecuencias penales directas.

 

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