(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

La Ley por el Derecho a la Vivienda desarrollará el derecho recogido en la Constitución a una vivienda digna. Persigue ayudar a aquellos colectivos con más dificultades de acceso a este bien con medidas como el límite al precio del alquiler o el impulso de las viviendas públicas.

El proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda fue aprobado por el Consejo de Ministros  el 1 de febrero de 2022, por el Congreso el 27 de abril de 2023 y está pendiente de la sesión de votación del Senado, que tendrá lugar el 17 de mayo, donde previsiblemente el texto será aprobado de forma definitiva. Después de cerrar la tramitación, la Ley de Vivienda pasaría a ser sancionada y promulgada por el rey, para ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).Todo este proceso está previsto que finalice antes del 28M, es decir, antes de la celebración de las elecciones autonómicas y municipales.

La futura ley incluye medidas para aumentar la oferta de vivienda a precios asequibles, evitar que se den situaciones de tensión en el mercado del alquiler y apoyar a jóvenes y colectivos vulnerables en el acceso a la vivienda.

Asimismo, ofrece a comunidades autónomas y municipios diferentes herramientas que contribuirán a contener o reducir el precio del alquiler y a aumentar el parque de vivienda en alquiler social.

Impulso de la vivienda pública

  • Regulación de los parques públicos de vivienda para evitar operaciones de venta a fondos de inversión.
  • Calificación indefinida de la vivienda protegida para garantizar siempre un periodo de, al menos, 30 años.
  • Porcentaje mínimo del 50% para vivienda en alquiler dentro del suelo de reserva para vivienda protegida e incremento de los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida, del 30 al 40% en el suelo urbanizable, y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado.
  • Elaboración y mantenimiento de un inventario del parque público de vivienda.

Límites al precio del alquiler

  • Beneficios fiscales o urbanísticos para las viviendas de titularidad privada con alquiler a precio reducido.
  • Declaración de zonas de mercado residencial tensionado durante un período prorrogable de 3 años para poder aplicar medidas de reducción del alquiler.
  • Incremento máximo anual del 3% del alquiler en los contratos vigentes durante 2024.
  • A partir de 2025, nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento en sustitución del IPC que evite incrementos desproporcionados en la renta.

En las zonas declaradas como tensionadas:

  • Posibilidad de prórroga extraordinaria anual para el arrendatario tras la finalización del contrato.
  • En nuevos contratos a nuevos inquilinos, limitación del alquiler a la renta del contrato anterior.
  • Posibilidad de aplicar los límites de los sistemas de índices de precios de referencia también a las viviendas que no hubiesen estado arrendadas en los últimos 5 años.

Asimismo, se establece la posibilidad de aprobar sistemas de índices de precios de referencia por ámbitos territoriales estableciendo una base de datos de contratos de alquiler para realizar seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas.

Mejoras para fortalecer el equilibrio en las relaciones entre arrendador y arrendatario

  • Prórroga extraordinaria de un año en los contratos de arrendamiento por situaciones acreditadas de vulnerabilidad social o económica.
  • Gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato a cargo del arrendador (por ejemplo, la comisión o los honorarios de la agencia inmobiliaria).

Protección contra desahucios

  • Mejoras para garantizar una comunicación efectiva entre el órgano judicial y los servicios sociales que logre, así, una atención rápida a las personas en situación de vulnerabilidad.
  • Soluciones habitacionales para los afectados y, mientras estas soluciones llegan, ampliación de los plazos de suspensión de los lanzamientos.
  • Cuando el demandante sea «gran tenedor» y la demanda de desahucio afecte a personas vulnerables, deberá acreditarse la aplicación de un procedimiento de conciliación o intermediación.

Nueva definición de gran propietario y vivienda vacía

  • Se podrá considerar «gran tenedor» a aquellos titulares de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en la misma zona declarada como tensionada, cuando así lo solicite la comunidad autónoma.
  • Definición de «vivienda vacía» para que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a aquellas viviendas que lleven vacías más de 2 años, y siempre que el propietario tenga un mínimo de 4 viviendas en esta situación.
  • Modulación del recargo del IBI (actualmente situado en el 50% de la cuota líquida del IBI), que podrá alcanzar el 150%.

Artículos recientes

La cosa juzgada y el principio «non bis in idem» en el «Caso Plus Ultra».
mayo 21, 2026
¿Deben los propietarios de trasteros, que tienen acceso independiente y no derecho de uso sobre las zonas comunes de paso y maniobra del garaje, contribuir a los gastos comunes derivados del mantenimiento de dichas zonas y de la servidumbre de paso establecida para los titulares de plazas de garaje?
mayo 19, 2026
Las subastas de proindivisos no quedan sometidas a una puja mínima salvo que haya acuerdo entre las partes.
mayo 19, 2026
Negligencia médica por colonoscopia.
mayo 19, 2026
Solamente el ejecutante y los acreedores posteriores pueden ceder el remate. Calificación registral y consecuencias fiscales.
mayo 19, 2026
El informe de ocupación.
mayo 19, 2026
Acción para la tutela sumaria de la posesión del art. 250.1.4 LEC y MASC.
mayo 19, 2026
Imposición de costas en ejecución hipotecaria en la que se declaró el carácter abusivo de cláusulas contractuales (STC 45/2025).
mayo 15, 2026
Límite temporal en relación con el control judicial de cláusulas abusivas en la ejecución hipotecaria (STC de 11 de marzo de 2026).
mayo 15, 2026
Queja contra España por la falta de accesibilidad a la vivienda de personas con discapacidad y movilidad reducida.
mayo 14, 2026
Cuándo hay que abonar el IBI que dejó sin pagar el anterior propietario.
mayo 11, 2026
La extinción de la pensión compensatoria no depende de la sentencia que la declare, sino del momento en que se inicia nueva convivencia.
mayo 8, 2026
BBVA condenada por incluir en la hipoteca una comisión por subrogación abusiva.
mayo 8, 2026
3.000 euros de sanción por compartir una grabación con terceros sin contar con un consentimiento específico, informado e inequívoco de los participantes.
mayo 8, 2026
Castilla y León condenada por no aprobar la hormona de crecimiento para dos niños, a pesar de la indicación médica.
mayo 8, 2026
Devolución al comprador de las cantidades entregadas por una promoción de viviendas fallidas.
mayo 8, 2026
Prioridad nacional y arraigo: inmoralidad e indecencia.
abril 24, 2026
Doctrina del levantamiento del velo de la personalidad jurídica o «disregard of legal entity» en ejecución hipotecaria.
abril 23, 2026
El procurador, nuestro compañero en el proceso.
abril 23, 2026
Contrato de seguro vinculado a contrato de préstamo.
abril 22, 2026
Ir al contenido