Ir al contenido
Personalizar las preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarle a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. A continuación encontrará información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento.

Las cookies que se clasifican como "necesarias" se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Siempre Activa

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies de publicidad

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies de publicidad

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies de publicidad

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies de publicidad

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies de publicidad

(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

¿Dónde están los niños de los desahucios?

Las preguntas se suceden y no hay respuestas. No hay datos, no hay registros, no hay seguimientos, no hay nada de nada. Cuando haya menores en un lanzamiento debe intervenir la Fiscalía del Menor, que se sepan las circunstancias de cada desahucio, si hay niños o no, y que éstos puedan expresarse y ser protegidos en estos procesos. También, organismos y asociaciones vinculados a los niños (como la Plataforma de la Infancia) deben involucrarse decididamente en el tema.

Se están vulnerando sistemáticamente derechos recogidos en la Convención de Derechos del Niño, firmada por España en 1989. El art. 27.3 establece que los Estados proporcionarán en caso necesario asistencia material y programas de apoyo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda. La no presencia de la Fiscalía del Menor en los desahucios con niños vulnera el artículo 3.1 de la Convención, que refiere al interés superior del menor, dado que favorece los intereses de la banca frente a los de las familias. Nos encontramos ante un supuesto no regulado de interés superior del menor.

Lo que dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

No se debe ejecutar un desahucio hasta disponer de una alternativa habitacional para la familia. El Tribunal Europeo de Derechos humanos ya se ha pronunciado al respecto en casos similares a favor de las familias estableciendo que los desahucios sin alternativa de alojamiento constituyen violaciones de los derechos humanos. Las Administraciones Públicas podrían estar cometiendo violaciones de derechos humanos tanto al ejecutar desahucios sobre familias vulnerables sin alternativa de alojamiento, (como al no prever sus consecuencias ) pues de esta forma estarían incumpliendo lo establecido en los ARTICULOS 3 Y 8 DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS (!!!!!!).

Existen Precedentes

Hay varios precedentes, citaré por ejemplo, el caso de Cessay Cessay y otros c. España (demanda 62688/13), en el que la Sección Tercera del Tribunal Europeo de Derechos Humanos solicitó al Estado Español que suspendiera la ejecución del lanzamiento previsto, y requirió al Gobierno español que proporcionase, al amparo de lo dispuesto en la norma 54.2 (a), la siguiente información: “¿Cuáles son las medidas que las autoridades internas se proponen adoptar en relación con los demandantes, particularmente con los niños, a la luz de su vulnerabilidad, para prevenir la alegada vulneración del artículo 3 y 8 del Convenio?. En especial ¿cuales son las medidas relacionadas con el alojamiento y asistencia social que van a adoptar las autoridades internas? Se solicita al Gobierno que facilite información detallada así como las fechas que se prevean para su ejecución”.

No debe dictarse ninguna resolución de desahucio..

En definitiva, el TEDH es consciente de que la privación de la vivienda, aún sin considerar el título que se ostenta para su utilización, puede suponer la vulneración de derechos protegidos por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, como los aludidos de prohibición de tratos inhumanos o degradantes o de respeto de la vida privada y familiar, del domicilio y de la correspondencia.

Por ese motivo, el TEDH impone la suspensión de la ejecución del lanzamiento de las viviendas hasta tanto no conozca de forma fehaciente y detallada las medidas relacionadas con el alojamiento (alternativa habitacional) y la asistencia social que se van a prestar a las personas que van a sufrir un desalojo forzoso, con especial énfasis en la situación en que pueden quedar los niños que sufren el referido desalojo forzoso.

Por tanto, no debe dictarse ninguna resolución de desahucio hasta tanto se tenga certeza de que la familia dispone de una alternativa habitacional digna y la asistencia social adecuada.

Artículos recientes

¿Está el abogado obligado a entregar a su cliente copia de las actuaciones judiciales?
abril 2, 2025
La nueva Ley 1/2025: El impulso definitivo hacia la mediación en la Justicia española.
abril 2, 2025
Defensa del ejecutado ante la ejecución de título no judicial fundada en una cláusula de vencimiento anticipado abusiva.
marzo 25, 2025
La cláusula pari passu.
marzo 21, 2025
Sentencia TC 26/2025, de 29 de enero de 2025. Anulación de los requisitos de procedibilidad exigidos a grandes tenedores.
marzo 19, 2025
Gestación subrogada. Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de diciembre de 2024.
marzo 18, 2025
Reconocimiento del derecho a pensión de viudedad, el registro como pareja de hecho y existencia de hijo común.
marzo 17, 2025
Indemnización por retraso del avión y prácticas abusivas de las aerolíneas.
marzo 3, 2025
Las «actas notariales de WhatsApp».
febrero 21, 2025
Ciberseguridad. Suplantación de identidad online y retirada de contenidos sensibles.
febrero 20, 2025
El Constitucional ampara a un abogado sancionado por un LAJ.
febrero 19, 2025
«Dies a quo» para el cómputo de la prescripción de la acción para exigir el cumplimiento de los contratos de préstamo.
febrero 18, 2025
Préstamo del socio a la sociedad. Requisitos e impuestos.
febrero 18, 2025
La “doctrina Cakarevic”.
febrero 14, 2025
Multa de la Audiencia Nacional de 7.000 euros a Mercadona por no facilitar las grabaciones de las cámaras de vigilancia a una clienta accidentada.
febrero 14, 2025
Así sube el salario mínimo interprofesional en 2025.
febrero 14, 2025
La entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería no está exenta de desafíos.
febrero 12, 2025
Vulnerado el derecho a la educación de un menor con problemas de conducta al que le denegaron la ayuda continuada de un profesor de apoyo.
febrero 7, 2025
Nueva cuestión prejudicial al TJUE sobre cláusulas abusivas en contratos hipotecarios.
febrero 7, 2025
El Tribunal Supremo fija los criterios para declarar abusivos los intereses de las tarjetas ‘revolving’ por falta de transparencia.
febrero 7, 2025