(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

¿Está el abogado obligado a entregar a su cliente copia de las actuaciones judiciales?

En el desarrollo de cualquier procedimiento legal, la total transparencia y la comunicación efectiva entre un abogado y su cliente son fundamentales para lograr resultados favorables. Sin embargo, pueden surgir situaciones que produzcan descontento o preocupaciones, tal como cuando el abogado no proporciona una copia de la demanda y del resto de actuaciones a su cliente.

Si te encuentras en esta situación, conocer tus derechos es el primer paso para resolver cualquier conflicto legal. Como cliente, tienes derecho a recibir una copia de todos los documentos relacionados con tu caso, incluyendo la demanda. Si tu abogado se niega a proporcionarte dichos documentos, estás en tu pleno derecho de tomar acciones.

De acuerdo con el artículo 12 del Código Deontológico de la Abogacía Española, sobre los deberes de identificación e información, el apartado 2.e) establece:

“Se debe poner en conocimiento del cliente: la evolución del asunto encomendado, resoluciones trascendentes, los recursos, las posibilidades de transacción, la conveniencia de acuerdos extrajudiciales o las soluciones alternativas al litigio. En los procedimientos administrativos y judiciales, si el cliente lo requiere y a costa de este, le proporcionará copia de los diferentes escritos que se presenten o reciban, de las resoluciones judiciales o administrativas que le sean notificadas y de las grabaciones de actuaciones que se hayan producido.”

Por tanto, de acuerdo con dicho precepto, el abogado está obligado a poner en conocimiento, y, por tanto, a entregar copia a su cliente, tanto de los escritos que él presente, como de los que reciba por la parte contraria, así como de las resoluciones judiciales.

¿Puede el abogado negar la entrega de la copia de lo actuado a su cliente alegando protección de datos personales? 

No. Según el artículo 13 del Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, el abogado está obligado a informar al cliente de los fines a los que son destinados los datos personales, lo que implica la entrega de copias de los escritos.

En definitiva,  la retención deliberada de información es una violación de la necesaria confianza que debe presidir la relación abogado-cliente. Tu abogado tiene la obligación ética y legal de representarte de manera diligente y efectiva. Si te sientes defraudado por su comportamiento, tienes derecho a buscar una solución, ya sea a través de una mediación, una queja formal ante el colegio de abogados de tu jurisdicción, si es de oficio, ante la Comisión de Asistencia Jurídica, o incluso una demanda por negligencia profesional o incumplimiento de contrato.

¿Qué hacer si tu abogado no quiere entregarte copia de las actuaciones?

Cuando un abogado incumple con sus obligaciones profesionales, como no proporcionar documentos o no comunicar el estado del caso, es posible presentar una queja. En España, los abogados están regulados por los Colegios de Abogados, que son los encargados de velar por el correcto ejercicio de la profesión.

1. Presenta una queja ante el Colegio de Abogados.

El primer paso es acudir al Colegio de Abogados de la provincia donde esté colegiado el abogado en cuestión. Cada colegio tiene su propio procedimiento para la presentación de quejas, pero en general, es necesario presentar una denuncia formal por escrito.

En la queja debes incluir:

Datos personales tuyos y del abogado.
Una descripción detallada de los hechos que motivan la queja.
Pruebas documentales que respalden tu reclamación, como correos electrónicos o cartas donde solicitaste copia de las actuaciones a tu abogado.
El Colegio de Abogados analizará tu queja y, si lo considera necesario, abrirá un expediente disciplinario contra el abogado. Este proceso puede resultar en imposición de sanciones, que pueden ir desde una simple advertencia hasta la expulsión del abogado de la profesión, dependiendo de la gravedad de la falta.

2. Presenta una queja en la Dirección General de Consumo.

Otra opción es dirigirte a la Dirección General de Consumo de tu comunidad autónoma, que también puede mediar en conflictos entre abogados y clientes.

3. Recurre a la vía judicial.

Si el comportamiento de tu abogado ha sido especialmente grave, como en casos de negligencia profesional, podrías considerar presentar  -dependiendo del caso- una demanda por negligencia profesional, o de incumplimiento de contrato, solicitando daños y perjuicios.

Por último, si te urge tener una copia de todo lo actuado para, por ejemplo, pedir una segunda opinión, también puedes pedírsela a tu Procurador, conforme al artículo 26.2.3º de la LEC y artículo 22 del Código Deontológico de los Procuradores de los Tribunales.

Artículos recientes

Fake news sobre violencia de género.
junio 23, 2026
Acción individual de responsabilidad del socio frente al administrador.
junio 22, 2026
Acciones que se pueden ejercitar contra el administrador de una sociedad.
junio 22, 2026
El juez Peinado y el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. ¿Quién juzga al juez?.
junio 22, 2026
La estrategia de defensa de las joyas de Zapatero.
junio 18, 2026
El derecho a la transparencia algorítmica frente a la administración en el contexto emergente de la IA.
junio 15, 2026
Prácticas ilegales inmobiliarias.
junio 15, 2026
Cuidado de la salud en prisión. Una asignatura pendiente desde hace 23 años.
junio 11, 2026
Venta de derechos hereditarios.
mayo 26, 2026
La cosa juzgada y el principio «non bis in idem» en el «Caso Plus Ultra».
mayo 21, 2026
¿Deben los propietarios de trasteros, que tienen acceso independiente y no derecho de uso sobre las zonas comunes de paso y maniobra del garaje, contribuir a los gastos comunes derivados del mantenimiento de dichas zonas y de la servidumbre de paso establecida para los titulares de plazas de garaje?
mayo 19, 2026
Las subastas de proindivisos no quedan sometidas a una puja mínima salvo que haya acuerdo entre las partes.
mayo 19, 2026
Negligencia médica por colonoscopia.
mayo 19, 2026
Solamente el ejecutante y los acreedores posteriores pueden ceder el remate. Calificación registral y consecuencias fiscales.
mayo 19, 2026
El informe de ocupación.
mayo 19, 2026
Acción para la tutela sumaria de la posesión del art. 250.1.4 LEC y MASC.
mayo 19, 2026
Imposición de costas en ejecución hipotecaria en la que se declaró el carácter abusivo de cláusulas contractuales (STC 45/2025).
mayo 15, 2026
Límite temporal en relación con el control judicial de cláusulas abusivas en la ejecución hipotecaria (STC de 11 de marzo de 2026).
mayo 15, 2026
Queja contra España por la falta de accesibilidad a la vivienda de personas con discapacidad y movilidad reducida.
mayo 14, 2026
Cuándo hay que abonar el IBI que dejó sin pagar el anterior propietario.
mayo 11, 2026
Ir al contenido