La medida, recogida en el Real Decreto 253/2025, elimina el umbral de los 10.000 euros y obliga a las entidades financieras a informar de todas las operaciones, sin importar la cuantía.
Este cambio normativo supondrá una transformación significativa en el uso de herramientas como Bizum, que hasta ahora permitían ciertos márgenes informales. Con la obligación de emitir factura y declarar todos los ingresos, se busca aumentar la transparencia fiscal y reducir la economía sumergida.
Con el nuevo sistema, Hacienda recibirá un informe mensual detallado que incluirá la identidad del receptor, el número de comercio, los terminales de pago empleados, los importes totales y las cuentas bancarias implicadas. Este nivel de detalle tiene como objetivo evitar prácticas fraudulentas y facilitar el cumplimiento tributario.
Los ingresos percibidos mediante Bizum o tarjeta deberán ir acompañados de una factura con todos los datos fiscales: nombre, NIF, concepto, IVA e IRPF, en caso de que proceda. Además, tendrán que reflejarse en los modelos habituales como el 303 (IVA trimestral), el 130 (pagos fraccionados de IRPF), y en los resúmenes anuales 390 y 100.
Para facilitar la adaptación, la Agencia Tributaria ha desarrollado cuatro nuevos modelos específicos destinados a quienes trabajan por cuenta propia:
Modelo 170: de carácter mensual, obliga a los bancos a informar sobre ingresos obtenidos por Bizum o tarjeta.
Modelo 174: de carácter anual, recoge operaciones con tarjeta superiores a 25.000 euros.
Modelo 181: relacionado con préstamos y operaciones inmobiliarias.
Modelo 196: informa mensualmente sobre la apertura de cuentas y anualmente sobre saldos y movimientos.
La primera remesa de información llegará a Hacienda en febrero de 2026 e incluirá todos los datos correspondientes al mes de enero. A partir de entonces, quienes reciban pagos digitales deberán tener su contabilidad al día y declarar con precisión para evitar sanciones.

