Dentro del «decreto anticrisis» aprobado en el día de ayer se recoge la convalidación del Real Decreto-ley 8/2023 de 27 de diciembre, que extiende el periodo de suspensión de los desahucios y lanzamientos de hogares vulnerables económica y socialmente de su vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2024, en los casos ya previstos por la normativa actual, así como la posibilidad de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario afectado hasta el 31 de enero de 2025.
La ampliación de las medidas de protección se aprobaron para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, con la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes, incluidos aquellos hogares afectados por procedimientos de lanzamiento de su vivienda habitual, que no se deriven de contratos de arrendamiento, cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad a cargo.
En este último supuesto, se establece la posibilidad de que el juez, previa valoración ponderada y proporcional del caso concreto, tenga la facultad de suspender el lanzamiento, cuando los propietarios de estos inmuebles sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas, solicitando informe a los servicios sociales competentes con objeto de que puedan valorar la situación de vulnerabilidad económica e identificar las medidas a aplicar para dar respuesta a dicha situación.
De igual modo, se ha alcanzado un acuerdo para suspender hasta 2028 de los desahucios hipotecarios de familias vulnerables.En concreto, la suspensión de los desahucios de vivienda habitual para familias vulnerables acordada con el Ejecutivo de coalición se articulará a través de una modificación de la de la ley para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
Según ha trascendido, el Gobierno tramitará el decreto como proyecto de ley, de manera que los diferentes grupos parlamentarios podrán plantear enmiendas y el objetivo es que dicho proyecto de ley se tramite en un plazo máximo de seis meses.
La extensión durante todo 2024 de la prórroga se suma a las medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo en este ámbito desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU), encaminadas a hacer efectivo el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna adecuada, como la aprobación y entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda que recoge mejoras en el procedimiento de desahucio que pueda afectar a la vivienda habitual de hogares vulnerables para garantizar una comunicación efectiva y rápida entre el órgano judicial y los servicios sociales a través de un requerimiento para que estos evalúen la situación y, en su caso, atiendan rápidamente a las personas en situación de vulnerabilidad económica y/o social.
En este sentido, los Servicios Sociales deberán ofrecer soluciones habitacionales a los afectados, evitando situaciones de desamparo como consecuencia del desalojo. Mientras estas soluciones se producen, se incrementan los plazos de suspensión de los lanzamientos en estas situaciones de vulnerabilidad, de 1 a 2 meses cuando el propietario es persona física, y de 3 a 4 cuando es persona jurídica. Además, se introducen en el procedimiento criterios objetivos para definir las situaciones de vulnerabilidad económica.