(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

Responsabilidad Hipotecaria en relación a la cantidad exigible de intereses de demora.

La responsabilidad hipotecaria en cuanto a intereses de demora suele estar pactado de la siguiente manera: por un lado, aplicando el interés de demora pactado sobre un periodo temporal delimitado, y por otro, especificando un tipo máximo.

El tipo máximo únicamente aplica si, el interés de demora pactado sobre un periodo temporal delimitado, es superior a lo que resulte de aplicar el tipo máximo.

A la hora de cuantificar que cubre la responsabilidad hipotecaria respecto de la partida intereses de demora, es muy importante verificar en cual de ambas posibilidades nos encontramos.

Para ello es importante distinguir entre, los intereses de demora del préstamo que debe hacer frente el deudor, y aquellos a los que se extiende la garantía hipotecaria.

En la práctica procesal, a la hora de cuantificar el tipo de interés de demora afecto a la responsabilidad hipotecaria, de manera automática suele aplicarse el tipo máximo pactado.

Para la cuantificación hay que tener siempre presente el artículo 1281 del Código Civil.

En el cálculo del interés de demora incluido dentro de la responsabilidad hipotecaria, hay que estar a la demora pactada y plazo estipulado, y el límite máximo solo opera si lo anterior es superior al límite máximo.

La clave está en la preposición «HASTA». La preposición es una parte invariable de la oración, y su finalidad es la de introducir un término. En el supuesto analizado, el importe de la responsabilidad hipotecaria por interés de demora es el interés de demora pactado durante el plazo temporal delimitado, y posteriormente viene la preposición «HASTA», que es donde se establece el límite máximo, que sólo opera de manera subsidiaria, y para el supuesto que, aplicando el interés de demora pactado durante el plazo temporal delimitado, de un resultado superior al límite máximo.

Este cálculo es muy importante hacerlo de manera correcta, ya que cabe la posibilidad que se hayan devengado más intereses de demora que los cubiertos por la responsabilidad hipotecaria, y en ese caso, el acreedor solo percibirá lo cubierto por la responsabilidad hipotecaria, y el resto quedará consignado, y el Juzgado le dará el destino legal previsto en los artículos 672 y 692 de la LEC.

Por último, si se hace correcto este cálculo, el recurso habitual de los acreedores es renunciar al exceso de interés de demora no cubierto por la responsabilidad hipotecaria. Este recurso solo está permitido si no perjudica a terceros (artículo 6.2 del Código Civil). Respecto a que terceros se pueden ver perjudicados por esta decisión, los reseñados en los artículos 672 y 692 de la LEC.

Artículos recientes

Aprobada la reforma del Código Penal para penalizar con prisión las ‘terapias de conversión’ para personas LGTBIQ+.
junio 29, 2026
Notificación judicial en el extranjero.
junio 29, 2026
Notificaciones y traslados previos entre Procuradores en fase ejecutiva. Art. 276.1 y 4 de la LEC.
junio 25, 2026
Fake news sobre violencia de género.
junio 23, 2026
Acción individual de responsabilidad del socio frente al administrador.
junio 22, 2026
Acciones que se pueden ejercitar contra el administrador de una sociedad.
junio 22, 2026
El juez Peinado y el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. ¿Quién juzga al juez?.
junio 22, 2026
La estrategia de defensa de las joyas de Zapatero.
junio 18, 2026
El derecho a la transparencia algorítmica frente a la administración en el contexto emergente de la IA.
junio 15, 2026
Prácticas ilegales inmobiliarias.
junio 15, 2026
Cuidado de la salud en prisión. Una asignatura pendiente desde hace 23 años.
junio 11, 2026
Venta de derechos hereditarios.
mayo 26, 2026
La cosa juzgada y el principio «non bis in idem» en el «Caso Plus Ultra».
mayo 21, 2026
¿Deben los propietarios de trasteros, que tienen acceso independiente y no derecho de uso sobre las zonas comunes de paso y maniobra del garaje, contribuir a los gastos comunes derivados del mantenimiento de dichas zonas y de la servidumbre de paso establecida para los titulares de plazas de garaje?
mayo 19, 2026
Las subastas de proindivisos no quedan sometidas a una puja mínima salvo que haya acuerdo entre las partes.
mayo 19, 2026
Negligencia médica por colonoscopia.
mayo 19, 2026
Solamente el ejecutante y los acreedores posteriores pueden ceder el remate. Calificación registral y consecuencias fiscales.
mayo 19, 2026
El informe de ocupación.
mayo 19, 2026
Acción para la tutela sumaria de la posesión del art. 250.1.4 LEC y MASC.
mayo 19, 2026
Imposición de costas en ejecución hipotecaria en la que se declaró el carácter abusivo de cláusulas contractuales (STC 45/2025).
mayo 15, 2026
Ir al contenido