Se publica la subida anual del SMI para 2025 en cumplimiento del mandato al Gobierno del art. 27.1 ET. Las nuevas cuantías representan un incremento del 4,41% sobre las del año anterior, quedando fijadas en:
– 39,47 euros/día (37,8 euros/día en 2024) (art. 1)
– 1.184 euros/mes (1.134 euros/mes en 2024) (art. 1)
Anualmente, supone una cuantía de 16.576 euros/año frente a los 15.876 euros/año en 2024 (art. 3.1).
Para eventuales y temporeros/as la cuantía por jornada legal es de 56,08 euros por jornada legal (55,71 euros en 2024) (art. 4.1)
Y para empleados/as de hogar, 9,26 euros/hora (8,87 euros/hora en 2024) (art. 4.2)
Con excepción de las cuantías la norma sigue el modelo de sus predecesoras. En la disposición transitoria única RD 87/2025, se incluyen las reglas de no afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional en las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas, y en el art. 3 las reglas de compensación y absorción.
Esta norma entra en vigor el 13 febrero (día siguiente a su publicación en el BOE) con efectos desde el 1 enero al 31 diciembre 2025 (disp. final 3).
En nota de prensa publicada por el Ministerio de trabajo y economía social el 11 febrero se informa que la cuantía es fruto del acuerdo de las organizaciones sindicales mayoritarias (CCOO y UGT) tomando como referencia la propuesta más alta propuesta en el informe de la Comisión Asesora para el Análisis del SMI.
La subida afectará a unos 2,4 millones de personas trabajadoras (el 65,8% mujeres y un 26,8% jóvenes de 16 a 24 años), y por sectores mayoritariamente (en un 31%) al sector agrícola.
En cuanto a su evolución, los mayores incrementos en el SMI se han producido en el período 2018-2024 (una subida acumulada del 54,1% y un incremento bruto de 398,1 euros).
Las nuevas cuantías representan un incremento del 4,41% sobre las del año anterior, quedando fijadas en 19,47 euros/día, 1.184 euros/mes; anualmente, supone una cuantía de 16.576 euros/año para 2025.