Hablar de «Fondos buitre» es hablar en muchas ocasiones de abuso de derecho y de fraude de ley.
La actual venta masiva de carteras de créditos en situación de incumplimiento a entidades financieras, cuyos fondos tienen su origen muchas veces en actividades ilícitas y en otras incluso provienen de paraísos fiscales, ha desempolvado la vieja figura del retracto de créditos litigiosos regulada en el art. 1535 del Código Civil.
¿Conoce qué créditos pueden ser retraídos? ¿Cuándo puede considerarse que el créditos es litigioso? ¿Cómo conocer si su crédito se ha cedido a un nuevo acreedor? ¿Cómo proceder en el caso de que haya una subrogación procesal? ¿En qué momento se inicia el plazo de 9 días para ejercitar el retracto crediticio? ¿Cómo opera la figura en el seno del concurso de acreedores?
Conocer la respuesta a estas cuestiones es esencial para conseguir retractar el crédito que se está ejecutando contra usted.En De Trinidad & Asociados Abogados contamos con especialistas en esta materia. No lo dude, llámenos y le asesoraremos.