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mayo 22, 2025
En principio podría pensarse que los únicos titulares de derechos frente a las aerolíneas por incidencias en el vuelo (retrasos, cancelaciones, denegaciones de embarque, etc) son los propios pasajeros (personas físicas, consumidores), al ser éstos quienes han sufrido personalmente la incidencia. Y normalmente es así; al menos en su mayoría. Y es por eso precisamente...
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La LEC, en sus artículos 573 y 574, exige como requisito que se acompañe a la demanda, «documento fehaciente en el que se acredite que la liquidación se ha practicado conforme a lo establecido en el título de ejecución»y «las operaciones de cálculo que arrojan como saldo la cantidad determinada por la que pide el...
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