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Deber de intervención de la Fiscalía de Menores ante la difusión de imágenes de menores. Criminalidad Informática.

El suicidio de Sandra, la alumna de 14 años del colegio concertado Irlandesas de Loreto de Sevilla, ha desatado una fuerte indignación social contra el colegio, por su inacción frente al acoso escolar denunciado -reconocida por la Junta de Andalucía- , y sobre otras alumnas supuestamente implicadas, a las que algunos exaltados ya se han apresurado a culpar y, por ende, a linchar públicamente, sin esperar el resultado de ninguna de las investigaciones abiertas, vulnerando su presunción de inocencia. Las manifestaciones de esas personas, dominadas por la rabia y la vísceras, que defienden el ojo por ojo, incitan precisamente a lo que queremos combatir: la sinrazón. El acoso no se combate con acoso. Si existe algún tipo de responsabilidad de otras menores en los hechos se evaluará y, en ese caso, se aplicará lo dispuesto en la ley. 

La difusión en redes sociales desde hace días de imágenes de las alumnas supuestamente implicadas, dejando una huella digital casi imposible de borrar, es intolerable, como lo es que la demanda legítima de justicia se haya transformado en una cacería pública, pues  la ley protege a los menores – a todos- prohibiendo que se puedan difundir sus imágenes, sus datos de carácter personal y, menos aún, que puedan ser sometidos a escarnio público.

En el caso de las menores que pueden o no -ya se verá- estar de algún modo detrás del acto autolítico de Sandra, quien garantiza esa protección es la propia Fiscalía de Menores. En este sentido, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor obliga al Ministerio Fiscal a intervenir de inmediato, instando a medidas cautelares para detener la difusión, como solicitar la retirada de las imágenes de redes sociales y la limpieza de las pintadas, para proteger a las menores. La Fiscalía puede y debe actuar de oficio, es decir, por iniciativa propia, sin necesidad de una denuncia formal de los padres. Por tanto, la difusión en redes sociales de las imágenes de las menores debe ser puesta en conocimiento de la Fiscalía de Menores de Sevilla quien, a través de la especialidad de Criminalidad Informática, debe instar la retirada inmediata de las imágenes de las menores que han sido identificadas en distintas publicaciones de conocidas redes sociales como supuestas acosadoras del colegio Irlandesas de Loreto y abrir diligencias de investigación penal por la difusión de las imágenes y por los mensajes de amenazas que han proferido algunos individuos.

La memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía incoó en el ejercicio 2024 un total de 75 expedientes de reforma —procedimiento penal, como el que ha iniciado ahora el ministerio público en el caso de las compañeras de Sandra, que se inicia cuando un menor de entre 14 y 18 años comete un presunto delito— por acoso escolar. De estos 75 expedientes, en Málaga se concentran 62, seguidos de los seis de Cádiz, cuatro de Jaén y tres en Huelva, pero no consta ninguno en Sevilla. Una ausencia de casos que contrasta con la encuesta que ha realizado CSIF entre el profesorado de esta provincia, que indica que el 63,3% de los docentes ha gestionado personalmente situaciones de acoso escolar en sus centros educativos, pero solo el 10% se siente plenamente capacitado para intervenir con eficacia.

Estamos asistiendo a una creciente conflictividad y, aunque es fundamental la prevención, hay que actuar.

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