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El juez Peinado y el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. ¿Quién juzga al juez?.

En España hay unos 5.500 jueces, pero solo unos pocos acaparan titulares por decisiones que afectan al poder Ejecutivo o Legislativo. Están aforados y por tanto, son los Tribunales Superiores de Justicia o el Supremo quienes los juzgan por posibles delitos cometidos en el ejercicio de su cargo. Además de la vía penal para resolver querellas, por ejemplo, por prevaricación, está la del CGPJ, que cuenta con la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial y un Promotor de la Acción Disciplinaria. El promotor funciona como una especie de juez instructor cuando recibe una queja o denuncia —no actúa de oficio ni fiscaliza a los magistrados—. La mayoría son archivadas porque imputan delitos al denunciado —en ese caso la vía ha de ser la penal— o tienen que ver con disconformidades con sus decisiones —o que ha de resolverse por recurso dentro del procedimiento—. Las sanciones pueden ir desde el apercibimiento a la expulsión.

Pues bien, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, reunida en sesión extraordinaria, ha aprobado hoy, 22 de junio, el siguiente acuerdo:

“Remitir copia del auto de 20 de junio de 2026 dictado por el juez titular de la plaza 41 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid en el procedimiento del Tribunal del Jurado 1146/2024, al Promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, para que valore si las expresiones contenidas en el mismo en las que se sugiere que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrían colaborar en la fuga de una persona investigada pudieran ser constitutivas de una falta grave de desconsideración prevista en el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El artículo 418.5 LOPJ establece como falta grave “el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial”.

La decisión se ha adoptado con el voto a favor de los tres vocales progresistas que integran la Comisión Permanente ―Argelia Queralt, Bernardo Fernández y Carlos Hugo Preciado― y la oposición de los cuatro conservadores ―Alejandro Abascal, Carlos Orga, José Eduardo Martínez Mediavilla e Isabel Revuelta―. Pero ha salido adelante gracias al respaldo de Isabel Perelló, presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial desde 2024, que ha ejercido su voto de calidad para decantar la balanza a favor del ala progresista, en la que, a pesar de tratarse de una cuestión eminentemente técnica (si concurren o no indicios de comisión de una falta disciplinaria), ha sido una de las votaciones más controvertidas de los últimos meses, poniendo de manifiesto la polarización ideológica existente en el el órgano de gobierno de los jueces, circunstancia que evidencia una vez más la necesidad de cambiar el sistema de elección del CGPJ si queremos contar con la confianza de los ciudadanos en una justicia no politizada.

El acuerdo adoptado hoy, sin embargo, muy probablemente se quedará en un gesto simbólico porque lo más probable es que no dé tiempo a concluir el eventual procedimiento disciplinario antes de que Peinado se jubile, el próximo 27 septiembre, al alcanzar la máxima de ejercicio profesional para los togados (72 años).

No obstante, este no es el único frente del magistrado en el CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces. El titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, el juez Peinado, está pendiente de que Ricardo Conde emita una nueva propuesta respecto a las quejas presentadas por el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por el interrogatorio al que le sometió en calidad de testigo el 16 de abril de 2025 por la contratación de Cristina Álvarez como asistente personal de Begoña Gómez. El pasado marzo, el promotor de la acción disciplinaria propuso archivar las diligencias informativas abiertas en su día por las denuncias de Bolaños al considerar que tanto la citación como el interrogatorio realizado se enmarcaban en el ejercicio de la función jurisdiccional. La Comisión Permanente, sin embargo, se las devolvió argumentando que faltaban datos relevantes para completar las pesquisas. Esto supone que Conde tendrá que recabarlos para hacer una nueva propuesta. Entonces, los vocales tendrán que decidir si dan carpetazo al asunto o abren un expediente disciplinario que podría acabar en sanción.

En el aire quedan también las diligencias informativas iniciadas por las quejas presentadas por Más Madrid y el diputado socialista en la Asamblea de Madrid Guillermo Hita contra Peinado por dejación de deberes porque no prorrogó dentro del plazo legalmente establecido las pesquisas contra un alto cargo de José Luis Martínez-Almeida. El caso se abrió en 2023 a raíz de una denuncia de Podemos contra el gerente de los autobuses del Ayuntamiento de Madrid, Alfonso Sánchez Vicente, por supuestamente adjudicar a dedo y con sobreprecio un contrato a OkDiario para organizar una jornada sobre movilidad sostenible. Ese error provocó que la causa tuviera que archivarse. El promotor de la acción disciplinaria esgrimía que el retraso no era achacable solo a Peinado, de ahí que también propusiera archivar. Pero nuevamente los vocales estimaron que faltaba información relevante para decidir sobre estas quejas y, como las lagunas eran mayores que en las diligencias informativas incoadas a raíz de las denuncias de Bolaños, resolvieron retirar el asunto del orden del día a la espera de obtener todos los datos necesarios.

 

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