El Tribunal de Instancia de El Puerto de Santa María, Plaza nº 1, ha condenado a BBVA a eliminar del contrato de préstamo con garantía hipotecaria la cláusula de comisión por subrogación del 2 %.
Esta cláusula impone una comisión que consiste en un coste que cobra el banco actual cuando un cliente traslada su hipoteca a otra entidad para mejorar condiciones, por ley limitada para proteger al consumidor.
En este sentido el tribunal de instancia es claro en su sentencia nº 169/26:
“No se acredita que se entregase a la parte prestataria folleto informativo o publicidad alguna de las condiciones financieras aplicables al contrato, que le permitiesen conocer el alcance de esta comisión antes de la aceptación del contrato”, expone el tribunal.
Falta de información en la que insiste el magistrado, debido a que “no se justifica ninguna información que le permitiese a la parte prestataria conocer el alcance jurídico y económico que le supone la comisión por subrogación”.
Una comisión que, además, “resulta excesiva y desproporcionada”, debido a que los porcentajes medios de esta comisión “oscila entre el 0,25%, y el 1,5%”.
Falta de transparencia de la cláusula, así como cuantía excesiva, que llevan al tribunal de instancia a considerar esta cláusula nula por abusiva.
Lo que lleva al tribunal a estimar la demanda, por considerar nula, por abusiva, la cláusula de la comisión por subrogación, y por ello, condena a BBVA a elimina dicha condición del contrato hipotecario, imponiendo al banco a reintegrar las cantidades percibidas como consecuencia de la aplicación de esta cláusula abusiva, más intereses y con imposición de costas.

