(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

Forma válida para redistribuir la responsabilidad hipotecaria entre fincas, una vez la misma ya consta inscrita en el Registro de la Propiedad.

La DGRN en su Resolución de 27 de julio de 2018 trata sobre la forma válida para redistribuir la responsabilidad hipotecaria entre fincas, una vez la misma ya consta inscrita en el Registro de la Propiedad. En el caso objeto de dicha Resolución, la entidad bancaria prestamista y la parte deudora propietaria de las fincas, otorgaron documento privado con legitimación de firmas, redistribuyendo la responsabilidad hipotecaria de cada finca.

Cabe recordar, que cuando un préstamo hipotecario se garantiza con más de una finca, conforme al art. 216 del Reglamento Hipotecario, hay que determinar la distribución de la responsabilidad entre fincas:

“No se inscribirá ninguna hipoteca sobre varias fincas derechos reales o porciones ideales de unas y otros, afectos a una misma obligación, sin que por convenio entre las partes, o por mandato judicial, en su caso, se determine previamente la cantidad de que cada finca, porción o derecho deba responder. Los interesados podrán acordar la distribución en el mismo título inscribible o en otro documento público, o en solicitud dirigida al Registrador firmada o ratificada ante él, o cuyas firmas estén legitimadas (…).”

La cuestión principal de esta Resolución reside en si cabe la redistribución de la responsabilidad entre las fincas con documento privado y firmas legitimadas, en base a la siguiente mención del art. 216 del Reglamento Hipotecario: “Los interesados podrán acordar la distribución en el mismo título inscribible o en otro documento público, o en solicitud dirigida al Registrador firmada o ratificada ante él, o cuyas firmas estén legitimadas”.

Ante esta cuestión la DGRN declara que la redistribución solicitada no responde al caso regulado por el art. 216 del Reglamento Hipotecario. En este caso se está solicitando una modificación voluntaria del acreedor y del deudor hipotecario, de una garantía inscrita previamente, redistribuyendo el límite por el cual cada finca garantiza el pago de la obligación principal y las accesorias. En consecuencia, aplica el art. 1280.1 del Código Civil y el art. 3 de la Ley Hipotecaria, que requieren de forma pública para la modificación de derechos reales, incluya la hipoteca.

Artículos recientes

Venta de derechos hereditarios.
mayo 26, 2026
La cosa juzgada y el principio «non bis in idem» en el «Caso Plus Ultra».
mayo 21, 2026
¿Deben los propietarios de trasteros, que tienen acceso independiente y no derecho de uso sobre las zonas comunes de paso y maniobra del garaje, contribuir a los gastos comunes derivados del mantenimiento de dichas zonas y de la servidumbre de paso establecida para los titulares de plazas de garaje?
mayo 19, 2026
Las subastas de proindivisos no quedan sometidas a una puja mínima salvo que haya acuerdo entre las partes.
mayo 19, 2026
Negligencia médica por colonoscopia.
mayo 19, 2026
Solamente el ejecutante y los acreedores posteriores pueden ceder el remate. Calificación registral y consecuencias fiscales.
mayo 19, 2026
El informe de ocupación.
mayo 19, 2026
Acción para la tutela sumaria de la posesión del art. 250.1.4 LEC y MASC.
mayo 19, 2026
Imposición de costas en ejecución hipotecaria en la que se declaró el carácter abusivo de cláusulas contractuales (STC 45/2025).
mayo 15, 2026
Límite temporal en relación con el control judicial de cláusulas abusivas en la ejecución hipotecaria (STC de 11 de marzo de 2026).
mayo 15, 2026
Queja contra España por la falta de accesibilidad a la vivienda de personas con discapacidad y movilidad reducida.
mayo 14, 2026
Cuándo hay que abonar el IBI que dejó sin pagar el anterior propietario.
mayo 11, 2026
La extinción de la pensión compensatoria no depende de la sentencia que la declare, sino del momento en que se inicia nueva convivencia.
mayo 8, 2026
BBVA condenada por incluir en la hipoteca una comisión por subrogación abusiva.
mayo 8, 2026
3.000 euros de sanción por compartir una grabación con terceros sin contar con un consentimiento específico, informado e inequívoco de los participantes.
mayo 8, 2026
Castilla y León condenada por no aprobar la hormona de crecimiento para dos niños, a pesar de la indicación médica.
mayo 8, 2026
Devolución al comprador de las cantidades entregadas por una promoción de viviendas fallidas.
mayo 8, 2026
Prioridad nacional y arraigo: inmoralidad e indecencia.
abril 24, 2026
Doctrina del levantamiento del velo de la personalidad jurídica o «disregard of legal entity» en ejecución hipotecaria.
abril 23, 2026
El procurador, nuestro compañero en el proceso.
abril 23, 2026
Ir al contenido