(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

Nuevo criterio de Hacienda: El comprador de vivienda responde del IBI pendiente de los dos últimos años.

La consulta vinculante número V0855-25 de la Subdirección General de Tributos, emitida el 21 de mayo de 2025, aclara que el comprador responde directamente por las deudas de IBI del año de la adquisición y del ejercicio anterior. Es decir,  el Ayuntamiento puede cobrar al nuevo dueño el IBI impagado de esos dos años, sin necesidad de que el anterior propietario sea declarado insolvente o de abrir un procedimiento de derivación de responsabilidad.

Para deudas más antiguas (de hasta 4 años si no han prescrito), la Administración solo podrá reclamárselas al comprador si el vendedor es declarado insolvente y se siguen los trámites formales de derivación de responsabilidad.

La Ley establece que el obligado principal al pago del IBI es la persona que figure como titular del inmueble el 1 de enero de cada año. Es decir, aunque se compre la vivienda en cualquier mes, el vendedor sigue obligado a pagar el IBI devengado el año en curso. Ahora bien, en una compraventa inmobiliaria el año de la transmisión cabe pacto entre las partes para repartir esa carga o puede exigirse su distribución proporcional en función del tiempo de posesión. como decíamos en otra entrada anterior (¿Quién paga el IBI en una compraventa inmobiliaria el año de la transmisión?)

Sin embargo, si el vendedor no abona el impuesto y existen deudas pendientes de IBI, la Administración puede llegar a reclamar el pago al nuevo propietario. Esto se debe a lo que se conoce como “afección real”, es decir, la vivienda “arrastra” esas deudas y el titular actual puede verse obligado a responder por ellas.

Para protegerse al comprar una vivienda es recomendable pedir un certificado de estar al corriente de pago del IBI. Este certificado lo expide el Ayuntamiento y garantiza que no quedan deudas vinculadas al inmueble. Si el comprador acaba pagando deudas atrasadas de IBI por culpa del vendedor, puede reclamarle esas cantidades judicialmente, pero la Administración puede cobrarlas antes directamente al nuevo propietario para asegurar el cobro del impuesto.

Por tanto, el IBI de la vivienda debe pagarlo el propietario a 1 de enero; existe responsabilidad directa del comprador por IBI del año de compra y del anterior; para deudas anteriores, solo si se declara fallido al vendedor; es aconsejable exigir al vendedor comprobantes de pago del IBI antes de la compraventa.

Artículos recientes

Venta de derechos hereditarios.
mayo 26, 2026
La cosa juzgada y el principio «non bis in idem» en el «Caso Plus Ultra».
mayo 21, 2026
¿Deben los propietarios de trasteros, que tienen acceso independiente y no derecho de uso sobre las zonas comunes de paso y maniobra del garaje, contribuir a los gastos comunes derivados del mantenimiento de dichas zonas y de la servidumbre de paso establecida para los titulares de plazas de garaje?
mayo 19, 2026
Las subastas de proindivisos no quedan sometidas a una puja mínima salvo que haya acuerdo entre las partes.
mayo 19, 2026
Negligencia médica por colonoscopia.
mayo 19, 2026
Solamente el ejecutante y los acreedores posteriores pueden ceder el remate. Calificación registral y consecuencias fiscales.
mayo 19, 2026
El informe de ocupación.
mayo 19, 2026
Acción para la tutela sumaria de la posesión del art. 250.1.4 LEC y MASC.
mayo 19, 2026
Imposición de costas en ejecución hipotecaria en la que se declaró el carácter abusivo de cláusulas contractuales (STC 45/2025).
mayo 15, 2026
Límite temporal en relación con el control judicial de cláusulas abusivas en la ejecución hipotecaria (STC de 11 de marzo de 2026).
mayo 15, 2026
Queja contra España por la falta de accesibilidad a la vivienda de personas con discapacidad y movilidad reducida.
mayo 14, 2026
Cuándo hay que abonar el IBI que dejó sin pagar el anterior propietario.
mayo 11, 2026
La extinción de la pensión compensatoria no depende de la sentencia que la declare, sino del momento en que se inicia nueva convivencia.
mayo 8, 2026
BBVA condenada por incluir en la hipoteca una comisión por subrogación abusiva.
mayo 8, 2026
3.000 euros de sanción por compartir una grabación con terceros sin contar con un consentimiento específico, informado e inequívoco de los participantes.
mayo 8, 2026
Castilla y León condenada por no aprobar la hormona de crecimiento para dos niños, a pesar de la indicación médica.
mayo 8, 2026
Devolución al comprador de las cantidades entregadas por una promoción de viviendas fallidas.
mayo 8, 2026
Prioridad nacional y arraigo: inmoralidad e indecencia.
abril 24, 2026
Doctrina del levantamiento del velo de la personalidad jurídica o «disregard of legal entity» en ejecución hipotecaria.
abril 23, 2026
El procurador, nuestro compañero en el proceso.
abril 23, 2026
Ir al contenido