(+34) 954 86 95 61
·
info@detrinidadyasociados.com
·
L - J 9:00-20:00 | V: 9:00 - 14:00
Contactar
 

Uno de los supuestos no relacionados con las condiciones de trabajo de los empleados, es el enjuiciado y resuelto por el TSJ de Asturias, en sentencia 18/2025, en la que se ratifican los dos años de prisión impuestos por la sentencia de instancia por alzamiento de bienes a un empresario del sector de la construcción. El tribunal confirma también la multa de doce meses a razón de seis euros al día y la absolución de dos trabajadores suyos.

El empresario juzgado constituía empresas que asumían deudas vivas y que eran mantenidas sin patrimonio alguno para continuar después la actividad con las nuevas sociedades constituidas, en principio, libres de deudas, aunque en realidad debiendo las que había contraído de la anterior. El resultado es que se acababa acordando la insolvencia del empresario en los procedimientos judiciales que entablaban sus acreedores para reclamar las deudas preexistentes.

Conforme a la citada sentencia 18/2025, del TSJ de Asturias, es necesario que concurra un delito de alzamiento de bienes y para ello se debe apreciar de la conducta del empresario infractor:

  • La generación de créditos sobre los que sus acreedores tengan derecho a exigir.
  • Una dinámica de destrucción u ocultación de activos.
  • Sustracción del patrimonio de las sociedades gestionadas.
  • Despatrimonialización de una sociedad para constituir otra porque ambas sean financieramente insolventes desde su propia constitución.

Existe, a juicio de la sentencia, una ocultación patrimonial pues se produce un cierre con deudas pendientes de la primera sociedad del empresario demandado y seguidamente este continúa su actividad por medio de la segunda sociedad sin datos de que para ello hubiera invertido capital, maquinaria, herramientas o vehículo, lo que razonablemente lleva a la presunción de que distrajo el componente patrimonial de la empresa anterior, evitando que los acreedores puedieran ejercer acciones de apremio contra este patrimonio.

Además, el empresario constituyó la segunda sociedad cuando ya había sentencias condenatorias contra la primera sociedad por incumplimiento de sus obligaciones de pago.

Se dan, pues, los presupuestos para entender probado el elemento típico del delito de alzamiento de bienes de ocultación patrimonial dolosa y en perjuicio de acreedores lo que justifica los dos años de prisión junto a la multa de doce meses a razón de seis euros al día.

Artículos recientes

Apuntes sobre ejecución extrajudicial de hipoteca. Con y sin colaboración del deudor. Función del Notario.
julio 15, 2026
Limitación de la responsabilidad hipotecaria en la venta extrajudicial. La excepción de la existencia de terceros.
julio 15, 2026
Venta extrajudicial de finca hipotecada. Requisitos materiales o de contenido.
julio 14, 2026
Régimen jurídico del contrato de arrendamiento de habitación: ¿Ley de Arrendamientos Urbanos o Código Civil?
julio 14, 2026
Determinación de la base imponible en la cesión de crédito hipotecario.
julio 8, 2026
Nueva sentencia contra el ruido en Sevilla.
julio 8, 2026
Adquisición preferente en arrendamientos para uso distinto de vivienda, notificación y Registro de la Propiedad.
julio 3, 2026
Nulidad de préstamo simulado como compraventa de coche.
julio 2, 2026
El procedimiento administrativo para la adquisición de tierras vacantes procedentes del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IRYDA).
julio 2, 2026
Reclamaciones de cantidad, herencias, MASC y domicilios desconocidos.
julio 2, 2026
Aprobada la reforma del Código Penal para penalizar con prisión las ‘terapias de conversión’ para personas LGTBIQ+.
junio 29, 2026
Notificación judicial en el extranjero.
junio 29, 2026
Notificaciones y traslados previos entre Procuradores en fase ejecutiva. Art. 276.1 y 4 de la LEC.
junio 25, 2026
Fake news sobre violencia de género.
junio 23, 2026
Acción individual de responsabilidad del socio frente al administrador.
junio 22, 2026
Acciones que se pueden ejercitar contra el administrador de una sociedad.
junio 22, 2026
El juez Peinado y el artículo 418.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. ¿Quién juzga al juez?.
junio 22, 2026
La estrategia de defensa de las joyas de Zapatero.
junio 18, 2026
El derecho a la transparencia algorítmica frente a la administración en el contexto emergente de la IA.
junio 15, 2026
Prácticas ilegales inmobiliarias.
junio 15, 2026
Ir al contenido